La prima de servicios es una prestación social, a cuyo pago tienen derecho todos los trabajadores vinculados a través de un contrato de trabajo, sea verbal o escrito, independiente de la modalidad o duración. Se encuentra regulada en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, y equivale a treinta (30) días de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laboral para quienes en caso de ser un tiempo inferior, y se paga en dos momentos,el 50% en el primer semestre a más tardar el 30 de junio y el otro 50% en el segundo semestre dentro de los primeros 20 días de diciembre.

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