En el marco de la evolución constante de las políticas en seguridad y salud en el trabajo en Colombia, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 1843 de 2025 con el objetivo de actualizar y fortalecer las disposiciones relacionadas con las evaluaciones médicas ocupacionales. Esta nueva norma introduce lineamientos más específicos y obligaciones claras tanto para empleadores como para trabajadores, con el fin de garantizar una protección integral de la salud laboral en todos los sectores productivos.
La resolución establece directrices precisas sobre la realización de exámenes médicos de ingreso, periódicos, de egreso, de retorno y post-incapacidad. Estas evaluaciones consideran factores como el nivel de riesgo laboral, la duración de las incapacidades médicas y las condiciones del entorno de trabajo. Asimismo, asigna una mayor responsabilidad a los empleadores en relación con el financiamiento de estos procedimientos y promueve la trazabilidad de la información mediante la estandarización de registros y soportes documentales.
Aspecto analizados | Antes (Resolución 2346 de 2007) | Ahora (Resolución 1843 de 2025) |
Plazo para recomendaciones médicas | Sin plazo específico. | Se refiere al tiempo máximo que tienen los empleadores para implementar las sugerencias emitidas por los médicos ocupacionales tras una evaluación médica. |
Periodicidad de exámenes | No obligatorio. | El Art. 15 aclara que los Exámenes médicos periódicos deben hacerse mínimo cada 3 años, personal administrativo. |
Examen post-incapacidad | No es obligatorio. | Según el Artículo 13 de la Resolución 1843 de 2025, se establece que: Toda incapacidad médica igual o mayor a 30 días calendario (o antes, si la condición lo amerita) debe ser seguida por un examen médico post-incapacidad. |
Diagnósticos de salud | No siempre gratuitos. | Es un diagnóstico general y actualizado del estado de salud de la población trabajadora de una empresa. Este informe consolida información de antecedentes laborales, exposición a riesgos ocupacionales, sintomatología, diagnósticos médicos y análisis de los resultados obtenidos en los exámenes médicos ocupacionales. Su propósito es servir como insumo para los programas de Medicina Preventiva y del Trabajo, facilitando la mejora de la calidad de vida de los trabajadores y la prevención de enfermedades relacionadas con el trabajo. |
Pruebas discriminatorias como: | Prohibidas, sin excepciones claras. | No se pueden pedir pruebas de embarazo, serologías, ni VIH, salvo si el trabajo es muy riesgoso como manejar químicos peligrosos, alturas etc, debe tener consentimiento informado y el puede realizarla en su EPS |
Custodia de historias clínicas | No había reglas sobre cómo guardar los registros médicos. | Se refuerza la obligación de mantener la confidencialidad de la historia clínica ocupacional del trabajador por 20 años, ( IPS Ocupacional), limitando el acceso a la información médica y garantizando su uso exclusivo para fines relacionados con la salud |
Perfiles ocupacionales | No era obligatorio dar una descripción del trabajo. | Los perfiles ocupacionales describen los conocimientos, habilidades, actitudes y aptitudes que una persona debe tener para desempeñarse eficazmente en un puesto de trabajo específico. |
Costos adicionales | NA | Se refieren a los gastos que los empleadores deben asumir para garantizar que los trabajadores puedan acceder a evaluaciones médicas ocupacionales, especialmente cuando estas requieren desplazamientos fuera de la ciudad. Ejemplo Andes a Medellín |
Exámenes de retorno por ausencia larga | NA | Especifica que los empleadores deben realizar un examen médico ocupacional de retorno laboral cuando un trabajador se haya ausentado por 90 días o más por razones NO médicas, como licencias no remuneradas o vacaciones extensas. Este examen tiene como objetivo garantizar que el trabajador esté en condiciones óptimas para reincorporarse a sus funciones sin riesgos para su salud ni para la seguridad laboral |
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